Villalobos celebra ¿el fin de la confusión y la vuelta al sentido común¿ que trae la nueva sentencia del Supremo sobre la plusvalía

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Villalobos celebra “el fin de la confusión y la vuelta al sentido común” que trae la nueva sentencia del Supremo sobre la plusvalía

Esta nueva sentencia tranquiliza a las corporaciones locales que están a la espera de la nueva normativa que se tramita en el Parlamento

El presidente de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP), Fernando Rodríguez Villalobos, ha valorado hoy “como muy importante y clarificadora” la sentencia del Tribunal Supremo, emitida ayer, que despeja muchas dudas a los gestores municipales sobre el futuro del impuesto de plusvalía.

Ahora, el Supremo pone fin al vacío legal que se creó en mayo de 2017, cuando el TC anuló los artículos sobre la plusvalía que figuraban en la Ley de Bases de Régimen Local. Desde este momento, con el fallo del Alto Tribunal, este tributo municipal podrá anularse solo cuando se haya probado por parte del contribuyente la existencia de pérdida de valor en la transmisión del inmueble.

Con esta nueva sentencia del Supremo, añadió Villalobos, “se termina la ceremonia de la confusión, reflejada en sentencias de distintos tribunales autonómicos, y vuelve a imponerse el sentido común en torno a la aplicación del impuesto, porque éste deberá abonarse siempre que exista beneficio para el contribuyente en la venta del inmueble y, también lógico, podrá solicitarse la devolución de la plusvalía municipal cuando el vendedor pueda acreditar que la transmisión le ha generado pérdidas o un descenso real en el valor del inmueble en caso de herencia”

En definitiva, “la sentencia del Supremo clarifica bastante las cosas, porque deja claro que habrá que abonar el impuesto cuando haya beneficio y que no habrá que hacerlo cuando se haya vendido a pérdida”, ha remarcado Villalobos.

No obstante, el presidente de la FAMP ha puesto el acento en otra cuestión que “sigue preocupando a los Ayuntamientos en este apartado”, como es el hecho de que, a partir de ahora, “si las estimaciones apuntan a que habrá un descenso en torno al 20% en el montante de plusvalías que recaudaban los Ayuntamientos, eso significará que solo en Andalucía, los Consistorios dejarán de ingresar en torno a 50 millones de euros anuales en tributos locales, por lo que deberán buscarse fórmulas para compensar esa disminución de recursos para prestar servicio a los vecinos y vecinas”.

En Andalucía, las plusvalías dejaron en 2015 un total de 267 millones de euros en las arcas locales, lo que supuso el 9,6% de la totalidad de las figuras impositivas que aplican los Ayuntamientos a sus vecinos y vecinas.

La reforma de la plusvalía municipal continúa su trámite parlamentario y adaptará la normativa actual del impuesto a los dictados del Tribunal Constitucional y deberá tener en cuenta, también, la jurisprudencia generada ayer por el Supremo. En ese sentido, el nuevo articulado deberá excluir de imposición aquellos casos en los que el contribuyente pruebe que no ha existido un incremento en el valor del inmueble transmitido.

Esta nueva normativa, cuando entre en vigor, recogerá otras novedades en el impuesto de plusvalía municipal, como la posibilidad, inexistente hasta ahora, de someter a impuesto las transmisiones efectuadas durante el primer año de tenencia de un inmueble o la modificación de los coeficientes para determinar la base imponible del impuesto.