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Observatorio Electoral desde la Perspectiva de Género

 
"La participación igualitaria de la mujer en la adopción de decisiones no sólo es una exigencia básica de justicia o democracia sino que puede considerarse una condición necesaria para que se tengan en cuenta los intereses de la mujer. Sin la participación activa de la mujer y la incorporación del punto de vista de la mujer a todos los niveles del proceso de adopción de decisiones no se podrán conseguir los objetivos de igualdad, desarrollo y paz"

Plataforma de Acción Conferencia de Pekín

El derecho de las mujeres a participar en el poder y la toma de decisiones fue una de las primeras reivindicaciones de las mujeres a título individual y, de forma articulada, del movimiento feminista. Ya en 1791, Olympe de Gouges reconocía y declaraba que “la mujer tiene el derecho de subir al cadalso; debe tener también igualmente el derecho de subir a la Tribuna con tal que sus manifestaciones no alteren el orden público establecido por la Ley.” Después de algo más de dos siglos, el derecho de las mujeres a la participación en los procesos e instancias de toma de decisiones sociales, políticas y económicas a todos los niveles y en los distintos sectoresaparece consagrado en diversos instrumentos internacionales:la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948); la Convención sobre los Derechos Políticos de las Mujeres (1952); el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (1966); y la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres (1979), entre otros.

En 1995, la Plataforma de Acción de la IV Conferencia Mundial de las Mujeres de Beijing identificó la participación plena de las mujeres en el ejercicio del poder como una de sus esferas de especial preocupación, reconociéndola, al igual que la incorporación de sus puntos de vista a todos los niveles de la toma de decisiones, como imprescindible para la consecución de los objetivos de igualdad, desarrollo y paz.

Desde entonces distintas resoluciones, campañas y pronunciamientoshan venido a reforzar y/o completar la PdA de Beijing en este punto, convirtiendo la participación de las mujeres en el poder y la toma de decisiones en un asunto prioritario en la agenda de las mujeres y del desarrollo a todos los niveles, local, nacional, regional e internacional. En este sentido, la Declaración del Milenio (septiembre 2000) reafirma la centralidad de la participación de las mujeres en el desarrollo y declara, por primera vez, la urgencia de promover la igualdad de género y el logro del empoderamiento de las mujeres como las formas más efectivas para combatir la pobreza, el hambre y las enfermedades y para estimular el desarrollo verdaderamente sostenible.

A pesar del reconocimiento formal y de los avances obtenidos por las mujeres para participar en pie de igualdad con los hombres en el poder y la toma de decisiones éstas aún sigue estando subrepresentadas (las estadísticas así lo evidencian).

Este Observatorio Electoral desde la perspectiva de Género es una herramienta virtual desde donde nos proponemos contribuir a la visualización de las mujeres andaluzas que nos representan en Gobiernos Locales y Parlamentos y apreciar su evolución desde 1983 hasta la actualidad. Desde aquí podrás disponer de datos cuantitativos, nominales y territoriales de todas y cada una de ellas; así como los cargos que ostentan ya sea Alcaldesas, Concejalas, Parlamentarias Autonómicas, Parlamentarias Nacionales o Parlamentarias Europea. Con una mención especial a las Mujeres Electas Locales; ya que desde esta misma plataforma telemática podrás conocer sus cargos y la representación que ostentan – en su caso – tanto en las Comisiones de la FAMP como de la FEMP y/o ante Instituciones y Organismos en los que participen a la Federación.

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